Somos una institución dependiente de la facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, apoyamos a la sociedad dando asesoría jurídica gratuita

12 abr 2011

LOS JUICIOS
Por: Alejandra Fuentes Aguilar

En la diaria convivencia de los individuos que conforman un grupo social, frecuentemente se presentan conflictos. Los protagonistas pueden solucionarlos mediante el diálogo y la negociación, a fin de llegar a un arreglo. Sin embargo, esto no será posible si alguno, varios o todos los involucrados se niegan a cumplir las peticiones del otro u otros. Es de señalarse que no resulta válido que una de las personas imponga a la otra su voluntad por la fuerza, ya que ello está prohibido por la Constitución Federal, la que en su artículo 17 establece que ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

Entonces se requiere la intervención de un tercero imparcial y ajeno a la controversia, que ayude a las partes a establecer un acuerdo o bien, que resuelva el conflicto mediante una decisión basada en el derecho.
En principio, cualquiera puede intervenir con ese carácter en un litigio, para tratar de llegar a una solución. Sin embargo, dicha persona podría encontrar una serie de dificultades, muchas veces insalvables, por ejemplo, que las personas envueltas en un conflicto no acepten su intervención; que no posea el suficiente criterio y conocimiento del derecho, como para que su veredicto sea justo y legal; que carezca de conocimientos técnicos sobre la materia que versa el problema; que su trabajo implique el cobro de honorarios, los que tendrían que ser cubiertos por los individuos en conflicto; y finalmente, que los involucrados no acepten y cumplan lo que éste determine como solución.

Para superar esta problemática, el Estado creó órganos públicos encargados de la impartición de justicia, encabezados por uno o varios juzgadores cuya intervención no requiere que las personas de común acuerdo la soliciten, ya que basta la petición de sólo uno de los involucrados; cuentan con un título profesional en derecho (salvo escasas excepciones, como lo son la justicia en las materias laboral e indígena) y muchas veces con especialidad en alguna rama jurídica, independientemente de que, de requerirlo el caso, están facultados para auxiliarse de expertos en los diversos campos del conocimiento humano; sus servicios son gratuitos; además, sus resoluciones son obligatorias y, en caso de que alguien se niegue a cumplirlas, disponen de los medios para obligarlo a su acatamiento.

Ahora bien, para emitir una resolución, esos órganos de impartición de justicia se valen de un instrumento de particular importancia: El juicio o el proceso jurisdiccional.

En el lenguaje cotidiano, es común que los términos juicio, proceso jurisdiccional e inclusive procedimiento y litigio se manejen como sinónimos, aun cundo desde el punto de vista de la teoría, puedan tener connotaciones diferentes.

Por lo que se refiere al litigio, acorde a lo que ya se había señalado, éste nace de un conflicto, pleito o disputa, por las diferencias existentes entre las voluntades de dos o más personas: cada una se mantiene en su postura, sin que esté dispuesta a conceder u otorgar lo que el otro le solicita. No es necesario acudir ante un juzgador para que exista un litigo, pues éste se da de manera previa y constituye el requisito indispensable para la intervención de dicho juzgador. En otras palabras, el litigio es la "materia prima" con la que el juzgador trabajará.

En términos generales, por proceso jurisdiccional podemos entender el conjunto de actos que llevan a cabo dos o más sujetos entre los que ha surgido una controversia, a fin de que un órgano del Estado encargado de impartir justicia, aplique las normas jurídicas necesarias para resolver dicha controversia, mediante una decisión obligatoria y definitiva.

Por su parte, la palabra juicio puede entenderse de diversas maneras, entre ellas: 1) como sinónimo de proceso jurisdiccional, en virtud de que así se le consideró en la traducción jurídica española, de la que México es heredero; y 2) como una operación mental que se realiza para solucionar un problema, por lo que nos encontraríamos frente a un juicio en el momento en que un juzgador resuelve un caso - generalmente mediante una sentencia - y así, el juicio vendría a ser solamente la parte final del proceso jurisdiccional.

Finalmente, en cuanto al procedimiento, consiste en un conjunto de actos que se verifican dentro de un proceso jurisdiccional, con la finalidad de agotar las etapas que lo conforman. El procedimiento se encuentra inmerso dentro del proceso y forma parte de él; tan es así, que dentro de un proceso pueden tener lugar a varios procedimientos.

Espero que esta información haya sido de agrado y utilidad, no olviden comentar, gracias.

No hay comentarios:

Publicar un comentario